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Cómo proteger la rentabilidad de tu alquiler con SEAG

O mundo de Internet - martes, 06 de agosto de 2024
La mayoría de propietarios de viviendas que han colocado su propiedad en el mercado del alquiler se han visto obligados a realizar una inversión previa para adecuar la Cómo proteger la rentabilidad de tu alquiler con SEAGvivienda a las necesidades del mercado. Ese desembolso supone para el arrendador un esfuerzo económico que sólo se compensa a largo plazo, con el alquiler continuado de la casa.
Por eso, cualquier problema relacionado con los impagos, los daños por vandalismo o las okupaciones suponen un serio trastorno para aquellos propietarios legítimos que han tenido que desembolsar una gran cantidad de dinero para dotar al piso de todas las comodidades, y que se ven obligados a ver, impotentes, cómo un inquilino que no abona las mensualidades sigue viviendo en la propiedad.

Obtén una adecuada protección jurídica en caso de impago con SEAG
Una de las mejores formas de obtener la protección adecuada es disponer de la correspondiente asesoría legal y jurídica en materia de alquileres. El derecho inmobiliario es la especialidad en la que se forman todos aquellos abogados titulados que ofrecen estos servicios, que permiten a los afectados por impagos u okupaciones llevar a cabo las correspondientes acciones legales para poder recuperar la vivienda.
Proteger la rentabilidad del alquiler es esencial, y por eso SEAG (Sociedad Española de Alquiler Garantizado), una de las principales compañías especializadas en ofrecer servicios de asesoría legal y jurídica a arrendatarios y agencias inmobiliarias, ofrece un servicio que protege doblemente al propietario de una propiedad que se ha visto inmerso en una situación de impagos.
Por un lado, SEAG, en cuanto tiene conocimiento del incumplimiento contractual por parte del arrendatario, ofrece al propietario toda la asesoría legal y jurídica para que tome las correspondientes medidas legales, adecuadas a su caso, con el fin de recuperar cuanto antes su vivienda.
Por otro, SEAG protege la inversión del arrendador al poner en marcha un mecanismo de compensación de las rentas impagadas, con un mes de carencia, y sin necesidad de sentencia judicial, que permite que el arrendador disponga de las cantidades a las que por ley tiene derecho a percibir por el alquiler de su propiedad. Esto marca la diferencia para muchas familias, que necesitan el dinero de las rentas del alquiler para su día a día y que, ante un problema de impagos u okupaciones, pueden verse en un problema sin haber hecho nada en contra de los intereses del arrendatario.
Para paliar una situación de por sí injusta, SEAG activa ese mecanismo de compensación hasta que la vivienda sea recuperada. En el caso del alquiler vacacional, la misma compensación se pone en marcha con un límite de un año, ofreciendo soluciones adaptadas teniendo en cuenta el tipo de contrato de arrendamiento, la situación de cada inquilino y otras eventualidades que afecten al correcto cumplimiento de las obligaciones contractuales.

Cómo el alquiler seguro de SEAG puede proteger tu inversión
Disponer de la certeza de que, en caso de impago, SEAG va a poner en marcha tanto su servicio de asesoramiento legal y jurídico como el mecanismo de compensación de rentas impagadas es una de las mejores formas de asegurarse de que, en caso de un imprevisto como un impago o una okupación del piso, se puede estar tranquilo de que la inversión va a quedar protegida a cambio de una cuota mensual simbólica en comparación con la eficacia de las soluciones que SEAG ofrece en caso de sufrir un problema de este tipo, pudiendo percibir el importe de las rentas mientras se tramita la reclamación judicial para recuperar la casa.
Es un tipo de protección que aplica a todos los tipos de alquiler, incluido el alquiler de un piso por habitaciones que, como explican en su post sobre la legalidad del alquiler de pisos por habitaciones en España los expertos del portal vivienda.top, permiten tanto a inquilinos como a propietarios disfrutar de una mayor flexibilidad.
SEAG no es una compañía de seguros y, por tanto, lo que ofrece no es un seguro de alquiler al uso, con cláusulas restrictivas, condicionantes para la activación de las compensaciones y otros factores limitantes. SEAG responde de manera directa a las necesidades específicas de los propietarios que sufren de impagos, daños por vandalismo u okupaciones, y al ofrecer asesoría legal y jurídica al mismo tiempo que una compensación económica mensual equivalente a la renta especificada en el contrato, se trata de una protección integral.
En el mismo momento el arrendador es víctima de un impago, debe ponerse en contacto con SEAG antes del día 25 del mismo mes para que los mecanismos de alquiler seguro de SEAG se pongan en marcha a tiempo.
Eso permite que la compensación económica de las rentas se perciba con un mes de carencia en el próximo ciclo de facturación, al tiempo que nuestros abogados especializados en derecho inmobiliario asesoran al propietario sobre los pasos a seguir para reclamar la vivienda y recuperarla. El primer mes de aviso actúa como mes de carencia, y el cobro de ese mes se recupera mediante el pago de la fianza.
Puede suceder que el arrendatario se declare insolvente o en situación de vulnerabilidad. En tal caso, SEAG pone en marcha de igual modo su sistema de garantía indefinida, que, al no tener ninguna naturaleza jurídica de operación de seguros, actúa como una mera compensación extra que permite que el arrendador afectado perciba las cantidades que por contrato le corresponden.
SEAG es una empresa prestadora de servicios jurídicos y, como tal, no está supervisada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. SEAG tiene en la actualidad más de 5.800 oficinas colaboradoras, ha puesto en marcha más de 62.000 garantías indefinidas y ha logrado resolver más de 4.800 impagos, lo que demuestra la eficacia de las medidas de la Sociedad Española de Alquiler Garantizado para proteger la rentabilidad del alquiler de cualquier arrendador.
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Las opiniones expresadas en este documento son de exclusiva responsabilidad de los autores y no reflejan, necesariamente, los puntos de vista de la empresa editora


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