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Parroquias de Castro de Rei (XII)

jueves, 07 de mayo de 2009
Iglesia parroquial de Pacios
La parroquia de Pacios a mediados del siglo XVIII se componía de cuatro cotos; el de Pacios que era señorío de doña Josefa Bermúdez, vecina de la entonces ciudad de Mondoñedo, y de D. Juan Díaz Teixeiro, vecino de Santiago de Silva, a quienes pagaban cada uno de los vecinos casados dos reales de vellón, y si eran viudos o viudas un real por razón de basallaje, cuyos importes ascendían un año con otro a cuarenta y ocho reales, de ellos la octava parte correspondía a la referida doña Josefa Bermúdez, a excepción de los nobles y solteros del estado plebeyo que no lo hacían de cosa alguna.
El coto de Pedrafita era señorío de D. Bartolomé Pardo, vecino de la feligresía de Santiago de Samarugo, a quién los vecinos que estaban casados pagaban dos reales de vellón, y siendo viudos o viudas la cantidad se reducía a un real, suponiendo anualmente una renta de cinco reales.
El coto de Formaran pertenecía a D. Antonio Moscoso, vecino de la ciudad de Mondoñedo, a quién por esta razón los habitantes del mismo no le pagaban cosa alguna.
El coto do Condado era señorío de D. Juan Díaz Teixeiro, vecino de la parroquia de Santiago de Silva, a quién por esta razón los vecinos de él tampoco pagaban cosa alguna.

Iglesia parroquial de O Salvador de Pacios
La iglesia parroquial fue edificada durante los primeros años de este siglo, y su fábrica obedece a una clásica y sencilla obra funcional, de nave rectangular cubierta a dos vertientes por pizarra soportada sobre armazón de madera y amplios ventanales rectangulares con abocinamiento por la parte interior; el frontis liso con puerta principal de acceso enmarcada mediante bloques graníticos y arco carpentiano, sobre ella ventana que facilita la iluminación de la nave, la espadaña de sendos vanos rematada por acróteras, y cruz de hierro forjado; a la capilla mayor se accede a través del arco triunfal de medio punto, ésta de planta cuadran-gular y cubierta a cuatro aguas. La sacristía en la cabecera detrás de la zona destinada al retablo mayor que es neoclásico, de una sola hornacina decorada por molduras y dos semicolumnas estriadas que rematan en capiteles sobre los que descansa un frontón corrido para concluir la obra con dos remates torneados y el Monograma del Padre Eterno. El sagrario se encuentra encastra-do en el centro del banco, es del mismo estilo y época, remate con tres pequeños pináculos y en la puertecilla relieve del cáliz y patena.
En la sacristía quedan piezas de otros retablos de poca importancia, los cuales fueron tallados a principios del siglo XIX perteneciendo uno de ellos a los señores de la Casa de Luxís.
De la imágenes destacamos un popular talla de Nuestra Señora del Rosario, bien realizada, con buena pintura, algunos dorados, amplia capa y peana de querubines, mide (72 cm.), siendo tallada a mediados del siglo XVIII. Escultura de Cristo en la cruz, de la misma época, siendo repintado posteriormente.
Delimita la zona exterior del templo y atrio un cierra realizado con bloques de cemento y unas cancillas de hierro.

Notas documentales
El día 20 de mayo de 1481, D. Álvaro García de Luarca en calidad de provisor y vicario general del Ilmo. Sr. Obispo de Mondoñedo D. Fradique de Guzmán, hizo presentar a Ruy Basanta, que era canónigo y procurador del referido Cabildo mindoniense a efectos de que diera a conocer de una forma documental los prestamos que poseían los canónigos de la Catedral, entre los que se hallaba el de Pacios.
El día 17 de enero de 1546. Presidiendo Juan Pérez de Luarca en calidad de Arcediano de Azúmara, dijeron los canónigos que, por cuanto les habían notificado que el capitán Juan de Gayoso había fallecido y tenía la presentación del Prelado, por hallarse vacante la Diócesis, presentaban en encomienda y a disposición del futuro Prelado, los beneficios siguientes: el beneficio-prés-tamo de Meilán, con el canónigo Lopo Martínez; el de Aldurfe y Pacios, con el canónigo Álvaro Martínez; el sexto de san Martín de Corbelle, con Fernando Díaz; el de Villameá, con el Arcediano; el de Lago y Sumoas, con el canónigo Pedro Montero; el curato que había sido de Rengifo, con Vasco Rebellón.
El día 28 de enero de 1585. Francisco Méndez, vecino de san Salvador de Pacios, otorgo carta de poder y procuración a favor de Francisco da Viliña y de Fernando García de Río, procurador de la ciudad de Mondoñedo, para reclamar a Pedro Paz de Bián ciertas costas en que había sido condenado.
El día 29 de junio de 1594. El bachiller Juan Martínez, clérigo de Sta. María de Outeiro, manifestó que Pedro de Sisto, vecino de la dicha feligresía, había pujado por la cuarta annata de san Salvador de Pazos, que había quedado vacante por el canónigo Armesto, en 1500 maravedís, en los cuales se la habían rematado; y dado que el referido Pedro de Sisto estaba ausente y no podía presentar las fianzas exigidas, él, en su nombre, se obligó con su persona y bienes a pagar la dicha cuarta annata para el día de san Juan de 1595 al fabricario de la Catedral.
El día 5 de julio de 1523, da comienzo una visita pastoral girada al Arcedianato de Azúmara por el Arcediano González de Muniébrega, que daba comienzo por la feligresía de Riotorto visitando el día 16 las iglesias de Outeiro y Pacios, haciendo hincapié dicho arcediano en el nombre del clérigo, en el de los patronos de la feligresía, en el número de vecinos, personas que vivían en pecado público, ornamentos, altares, misales, órdenes, etc...
El día 15 febrero de 1577. Se realizó copia de un convenio entre el Cabildo de Mondoñedo y el de Santiago por el que procurador del de Mondoñedo, el Chantre Domingo Ramos, reconoció que los Cotos de Villapedre, con sus anejos de san Vicente de Reigosa, san Lorenzo de Arbol, Sta. Eulalia y san Jorge de Ríoaveso, Sta. María da Torre, S. Marín de Pazos y S. Mamed de Villapedre, con su jurisdicción civil y criminal, espiritual y temporal “nullius Dioecesis” pertenecían a la Mesa Capitular de Santiago y que, por lo tanto, el Deán y Cabildo de Mondoñedo no podían hacer repartimientos de Subsidio y Dezmero y de otros tributos en ellas, como habían pretendido hacer. y como lo pusieron de manifiesto el Cardenal Termero y el Dr. Juan Yanes de Leiro, a quienes el Nuncio Apostólico y el Obispo de Seborbe. Comisarios generales del Subsidio y Dezmero, habían encomendado este asunto. El dicho representante del Cabildo mindoniense se obligó de ahora para siempre a que éste no hiciese nunca repartimientos por razón de Subsidio y Dezmero ni por otras causas a los reseñados feligreses, dado que ya contribuyen a todos los efectos a la Catedral de Santiago.
El día 19 de julio de 1574. Se realizó un Apeo de los bienes y rentas de santa Comba de Orrea, que habían pertenecido al Monasterio de Dueña de Santa Comba y a la sazón era del Cabildo y Catedral de Mondoñedo, hecho en virtud de provisión dada por el Regente y Oidores y Alcaldes Mayores del Reino de Galicia con fecha del 15 de mayo de 1574, que se transcribe, y a pedimento del referido Cabildo; figurando en dicho documentos las propiedades y rentas que dicho cenobio tenía en O Salvador de Pacios.
El día 5 de marzo de 1753, en la feligresía de san Andrés de Bendia, el Lic. D. Matías Freire, abogado de la Real Audiencia del Reino de Galicia, y en calidad de Subdelegado de la Real Junta de la Unica Contribución, realizó otros expedientes el denomina “Ynterrogatorio“ o Cuestionario General, que en los apartados quince y dieciséis recoge e especifica las denominas rentas eclesiásticas especificando que de todos los frutos que se cogen en dicha feligresía a excepción de hierva y leña se pagaba el Diezmo, y de cada vaca con cría medio cuartillo de manteca por razón de leche. Correspondiendo las dos partes al venerable Deán y Cabildo de la ciudad de Mondoñedo; y la otra al cura párroco de la parroquia, quien a su vez tenía derecho a la mitad de lo que producían los llamados bienes diestrales si estos eran administrados por medio de colonos, y la otra mitad al arcediano de Azúmara como canónigo que era de la Catedral; y si los percibía enteramente cuando cultivaba dicho cura por a través de sus criados. Así mismo cobraba de cada vecino casado que labrase sus propiedades con yunta de bueyes, media yunta propia o ajena la cantidad ferrado y medio centeno, y además de cada hombre o mujer viudo o viuda las tres cuartas partes de un ferrado de centeno por razón de Boto, a excepción de los nobles, mozos solteros y mujeres solteras vecinos que habitaban en el coto de Formarán que no lo hacía de cosa alguna.
El importe de los antedichos diezmos ascendía un año con otro a 1.018 reales de vellón que eran repartidos en esta forma: 308 los percibía el cura párroco de la parroquia; 600 eran para el Arcediano de Azúmara que a su vez era canónigo de la catedral, este a su vez recibía ocho por dignidad de arcedianato, y otros 102 reales por el razón de Boto.

López Pombo, Luis
López Pombo, Luis


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