Opinión en Galicia

Buscador


autor opinión

Editorial

Ver todos los editoriales »

Archivo

Delito de desobediencia

martes, 13 de febrero de 2024
Ante una queja presentada, por parte de una familia de la Comarca del Barbanza, a la oficina de la Valedora do Pobo, la Consellería de Política Social e Xuventude de la Xunta de Galicia hace caso omiso, en tres ocasiones, a la solicitud de un informe para conocer las gestiones realizadas, por parte de la administración autonómica, para con las demandas de esa familia y que le está creando una evidente indefensión.

A pesar de ser requerido, reiteradamente en tres ocasiones, el necesario informe de la Consellería de Política Social, la Valedora do Pobo le recuerda los deberes legales que tiene la administración autonómica de ser atendidos los requerimientos del organismo dependiente del Parlamento de Galicia, en un plazo de quince días, y que de no ser atendida podrá ser considera como hostil y entorpecedora.

La Valedora do Pobo va más allá y le recuerda, a la Consellería de Política Social, el artículo 502 del Código Penal en el que se contempla la posibilidad de que "serán castigados como reos del delito de desobediencia o penas de suspensión de empleo o cargo público por el tiempo de seis meses a dos años".

La dilatación indebida del envío de los informes que se soliciten, por parte de la Valedora do Pobo, o dificultando el acceso a los expedientes o documentación administrativa necesaria para cualquier investigación, ante la queja de un ciudadano, convierte a la administración autonómica en reo de un claro delito de desobediencia.
Pena, José Manuel
Pena, José Manuel


Las opiniones expresadas en este documento son de exclusiva responsabilidad de los autores y no reflejan, necesariamente, los puntos de vista de la empresa editora


PUBLICIDAD
ACTUALIDAD GALICIADIGITAL
Blog de GaliciaDigital
PUBLICACIONES