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Los EREs (ERTEs) de la reapertura

jueves, 10 de diciembre de 2020
Nos toca nuevamente lidiar con las muchas dudas que nos asaltan a la hora de afrontar los cambios normativos y las nuevas realidades con que nos obsequian los boletines oficiales. Las Los EREs (ERTEs) de la reaperturaempresas y gestorías están confusas, y no me extraña, porque se van cambiando los criterios de un día para otro y lo que antes eran verdades incontestables ahora son matizadas, cuando no directamente desmentidas.

¿Qué pasa con los ERTEs en este momento? ¿Qué tengo que hacer? Me voy a centrar más en la casuística de hostelería porque es la que ve sus condiciones más alteradas:

Si su local está en una población de las que estaban afectadas por las restricciones más duras (por ejemplo, Lugo), y lo tenía cerrado lo normal es que hubiese tramitado un ERTE por impedimento. Al margen de las interpretaciones que la administración pueda hacer, es bastante obvio que ese expediente perdió su sentido automáticamente a las 00:00 del viernes, sin que haya que hacer una renuncia expresa. Es decir, que no tiene que hacer nada respecto a eso.

Sin embargo, en Lugo y otras poblaciones, aunque la hostelería pueda levantar sus rejas lo hará con una serie de importantes limitaciones por lo que probablemente necesiten redimensionar su plantilla con suspensiones o reducciones de jornada. Para ello deberán tramitar un nuevo expediente de limitación basado en la normativa que el jueves decretó dichas condiciones. También se pueden acoger a un expediente que hubiera anteriormente si no habían renunciado a él, pero explicando que lo hacen en función de estas nuevas normas. En todos los casos han de comunicarles a los trabajadores la nueva situación y sus condiciones (vuelta a la jornada habitual, suspensión de contrato, reducción de jornada...).

¿Se puede "enlazar" un expediente con otro? Sí, pero teniendo presente que son dos expedientes diferentes, en que uno terminó el viernes a las 00 horas y otro comienza en ese mismo instante, aunque como los efectos son retroactivos pueden tramitar un expediente la semana que viene, con tranquilidad, y poner como fecha de efectos la del viernes. Lo más importante es que comuniquen a los trabajadores su situación, por escrito y con constancia de su recepción.

Por último, recuerden que cualquier nuevo expediente por limitación o impedimento implica un compromiso de mantenimiento del empleo de seis meses a contar desde que se recupera al primer trabajador afectado, aunque sea parcialmente. Es un dato importantísimo a tener en cuenta haciendo una planificación de futuro.

Muchos ánimos a todos. En estos tiempos hacen mucha falta.
Latorre Real, Luís
Latorre Real, Luís


Las opiniones expresadas en este documento son de exclusiva responsabilidad de los autores y no reflejan, necesariamente, los puntos de vista de la empresa editora


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