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Los católicos Rajoy y Guindos contra el octavo mandamiento

lunes, 19 de septiembre de 2016
La última mentira de Rajoy y su Ministro (no el del Estado español) y añadida a la que hizo antes con Barcenas, Rato, Blesa , Granados, Rita Barberá, etc....me fuerza a hacer una reflexión , a la luz del CATECISMO DE LA IGLESIA CATOLICA, de unas autoridades que se llaman cristianas y más aún Católicas.. y si a esto añadimos la falta de VERACIDAD de ciertos medios de comunicación de tinte gubernamental y peor todavía de una 13TV de la iglesia católica.

El octavo mandamiento prohíbe falsear la verdad en las relaciones con el prójimo. Este precepto moral deriva de la vocación del pueblo santo a ser testigo de su Dios, que es y que quiere la verdad. Las ofensas a la verdad expresan, mediante palabras o acciones, un rechazo a comprometerse con la rectitud moral. Jesús enseña a sus discípulos el amor incondicional de la verdad: «Sea vuestro lenguaje: “sí, sí”; “no, no”» (Mt 5, 37).

La verdad como rectitud de la acción y de la palabra humana, tiene por nombre veracidad, sinceridad o franqueza. La verdad o veracidad es la virtud que consiste en mostrarse veraz en los propios actos y en decir verdad en sus palabras, evitando la duplicidad, la simulación y la hipocresía.

“Los hombres [...] no podrían vivir juntos si no tuvieran confianza recíproca, es decir, si no se manifestasen la verdad” (Santo Tomás de Aquino, Summa theologiae, 2-2, q. 109, a. 3 ad 1). La virtud de la veracidad da justamente al prójimo lo que le es debido; observa un justo medio entre lo que debe ser expresado y el secreto que debe ser guardado: implica la honradez y la discreción. En justicia, “un hombre debe honestamente a otro la manifestación de la verdad” (Santo Tomás de Aquino, Summa theologiae, 2-2, q. 109, a. 3).

El discípulo de Cristo acepta “vivir en la verdad”, es decir, en la simplicidad de una vida conforme al ejemplo del Señor y permaneciendo en su Verdad. “Si decimos que estamos en comunión con él, y caminamos en tinieblas, mentimos y no obramos conforme a la verdad” (1 Jn 1, 6).

Los discípulos de Cristo deben “rechazar toda malicia y todo engaño, hipocresías, envidias y toda clase de maledicencias” (1 P 2, 1).

Falso testimonio y perjurio. Una afirmación contraria a la verdad posee una gravedad particular cuando se hace públicamente. Ante un tribunal viene a ser un falso testimonio (cf Pr 19, 9). Cuando es pronunciada bajo juramento se trata de perjurio. Estas maneras de obrar contribuyen a condenar a un inocente, a disculpar a un culpable o a aumentar la sanción en que ha incurrido el acusado (cf Pr 18, 5); comprometen gravemente el ejercicio de la justicia y la equidad de la sentencia pronunciada por los jueces.

“La mentira consiste en decir falsedad con intención de engañar” (San Agustín, De mendacio, 4, 5). El Señor denuncia en la mentira una obra diabólica: “Vuestro padre es el diablo [...] porque no hay verdad en él; cuando dice la mentira, dice lo que le sale de dentro, porque es mentiroso y padre de la mentira” (Jn 8, 44).

La mentira es la ofensa más directa contra la verdad. Mentir es hablar u obrar contra la verdad para inducir a error. Lesionando la relación del hombre con la verdad y con el prójimo, la mentira ofende el vínculo fundamental del hombre y de su palabra con el Señor.

La gravedad de la mentira se mide según la naturaleza de la verdad que deforma, según las circunstancias, las intenciones del que la comete, y los daños padecidos por los que resultan perjudicados.

. La mentira es condenable por su misma naturaleza. Es una profanación de la palabra cuyo objeto es comunicar a otros la verdad conocida. La intención deliberada de inducir al prójimo a error mediante palabras contrarias a la verdad constituye una falta contra la justicia y la caridad. La culpabilidad es mayor cuando la intención de engañar corre el riesgo de tener consecuencias funestas para los que son desviados de la verdad.

La mentira, por ser una violación de la virtud de la veracidad, es una verdadera violencia hecha a los demás. Atenta contra ellos en su capacidad de conocer, que es la condición de todo juicio y de toda decisión. Contiene en germen la división de los espíritus y todos los males que ésta suscita. La mentira es funesta para toda sociedad: socava la confianza entre los hombres y rompe el tejido de las relaciones sociales.

Dentro de la sociedad moderna, los medios de comunicación social desempeñan un papel importante en la información, la promoción cultural y la formación. Su acción aumenta en importancia por razón de los progresos técnicos, de la amplitud y la diversidad de las noticias transmitidas, y la influencia ejercida sobre la opinión pública.

La información de estos medios es un servicio del bien común (cf IM 11). La sociedad tiene derecho a una información fundada en la verdad, la libertad, la justicia y la solidaridad:

«El recto ejercicio de este derecho exige que, en cuanto a su contenido, la comunicación sea siempre verdadera e íntegra, salvadas la justicia y la caridad; además, en cuanto al modo, ha de ser honesta y conveniente, es decir, debe respetar escrupulosamente las leyes morales, los derechos legítimos y la dignidad del hombre, tanto en la búsqueda de la noticia como en su divulgación» (IM 5).

Los medios de comunicación social (en particular, los mass-media) pueden engendrar cierta pasividad en los usuarios, haciendo de éstos consumidores poco vigilantes de mensajes o de espectáculos. Los usuarios deben imponerse moderación y disciplina respecto a los mass-media. Han de formarse una conciencia clara y recta para resistir más fácilmente las influencias menos honestas.

Por razón de su profesión en la prensa, sus responsables tienen la obligación, en la difusión de la información, de servir a la verdad y de no ofender a la caridad. Han de esforzarse por respetar con una delicadeza igual, la naturaleza de los hechos y los límites el juicio crítico respecto a las personas. Deben evitar ceder a la difamación.

“La autoridad civil( EL SR.PRESIDENTE EN FUNCIONES Y EL MINISTRO DE ECONOMIA) tiene en esta materia deberes peculiares en razón del bien común [...] al que se ordenan estos medios. Corresponde, pues, a dicha autoridad [...] defender y asegurar la verdadera y justa libertad” (IM 12). Promulgando leyes y velando por su aplicación, los poderes públicos se asegurarán de que el mal uso de los medios no llegue a causar “graves peligros para las costumbres públicas y el progreso de la sociedad” (IM 12). Deberán sancionar la violación de los derechos de cada uno a la reputación y al secreto de la vida privada. Tienen obligación de dar a tiempo y honestamente las informaciones que se refieren al bien general y responden a las inquietudes fundadas de la población. Nada puede justificar el recurso a falsas informaciones para manipular la opinión pública mediante los mass-media. Estas intervenciones no deberán atentar contra la libertad de los individuos y de los grupos.
Rodriguez Patiño, Luis Ángel
Rodriguez Patiño, Luis Ángel


Las opiniones expresadas en este documento son de exclusiva responsabilidad de los autores y no reflejan, necesariamente, los puntos de vista de la empresa editora


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