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Desvarío Socialista

lunes, 04 de octubre de 2010
Artículo publicado en mayo de 2010.

La Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, así conocida popularmente, ha sido aprobada en las Cortes en su dolosa totalidad. Nos queda ante los ojos la imagen, en el Parlamento, del obsceno júbilo de unas ministras: Aido, De la Vega, Jiménez, celebrando con desmedida alegría el resultado favorable de la votación sobre una tragedia personal y de la Sociedad: la liberación del aborto inducido; en realidad, el camino abierto hacia un aborto libre. Tal inusitada celebración producía bochorno, vergüenza ajena, y no menor tristeza el que hubiese habido una mayoría de congresistas que por su fidelidad partidaria o por concesiones (así el PNV, en contra de sus orígenes) olvidaran los principios éticos ineludibles sobre la protección de la vida incipiente. Pues de eso se trataba: de olvidarse de la defensa del nasciturus que imponía con rotundidad la Ley Constitucional de 1985, hasta entonces en vigor, y de mostrarse acordes, en cambio, con un injusto derecho a la imperativa decisión de la joven gestante. La resolución nos retraía a los gritos y demandas de las feministas: "nosotras parimos, nosotras decidimos", a la defensa del aborto directo como postulado de la moderna progresía, a la sensibilidad macabra de cierto progresismo español: el despliegue de risas y banderas a favor de la insensatez sin límites del aborto (o de una eutanasia sin apenas contenciones).

Muchos diputados han dicho, en privado, no estar conformes con este aborto casi libre, pero consideran tolerable que la Ley lo permita en atención al pluralismo social y moral reinantes: pobre justificación, carente de fundamento mayor para legalizar la violación del derecho a la vida, pues bien sabían sus promotores que se estaban refiriendo a algo serio, a una vida real, con un código genético propio, personal e irrepetible, que llegará a serlo del todo si alguien no cercena artificialmente su viabilidad (M. Delibes); se referían, en efecto, a un proceso continuo, en el que un ser considerado como fin (no cosa a destruir) tiene la esencia constitutiva del individuo humano: y, éticamente, no cabe arrebatar la dignidad a ningún ser humano por muy frágil y pequeño que sea.

Ya no se trata, como venía siendo hasta aquí, de un conflicto vital madre-hijo, cuando el Tribunal Constitucional alertaba sobre un exceso de prioridades maternas frente a los derechos jurídicos del no nacido, ahora sólo se habla de un derecho absoluto a decidir por parte de la mujer casi en cualquier mes de la gestación: puede destruir o abandonar, con facilidad, al ser que se desarrolla en su seno, dispuesto a emerger a la luz del día. Cabe preguntarnos, como hace un año, hasta qué punto la mujer grávida es propietaria absoluta de su cuerpo y de unos derechos plenos cuando su organismo adolescente es débil y vulnerable: cuando nos referimos a ese organismo muy digno pero inmaduro -en la inestable y lábil pubertad- a la hora de tomar decisiones personales graves, incluso sin el conocimiento de la familia o de la intervención de instituciones sociales en pro de una maternidad viable, y se olvidan, a la vez, de los derechos del progenitor, de la necesaria implicación de la pareja que tanto bien haría a la joven en tan difícil trance. Esta corresponsabilidad, no mencionada en la Ley que comentamos y que las mismas adolescentes demandan en las entrevistas cuando se las pregunta al respecto, no tienen cabida en sus apartados.

No quiero mencionar la ley de Dios sobre la valoración del cuerpo humano, ni recordarlo como templo vivo del Espíritu, cual decía San Pablo, pues aquí hilvanamos estos comentarios prescindiendo del aspecto religioso de la cuestión (y ya es prescindir, cuando el 80% de la población española se declara intencionalmente católica, hecho que debieran haber tenido en cuenta nuestros representantes en el Congreso y que, por lo visto, no han hecho); no, aquí nos referimos a preceptos de derecho natural, a una ética civil, a una moral de seglares que tampoco permite, sin más, a las adolescentes la decisión de destruir una realidad genética, embrionaria o ya fetal, de vida, como si sólo fuera un grupo inespecífico de células o un inerte coágulo para arrojar a la basura.

Claro es, que nos alejamos de los médicos abortistas, del negocio de sus mafias, de los sanitarios proscritos por ello desde la Antigüedad en el Juramento Hipocrático que, aún vigente, obliga a proteger la vida desde su origen hasta el último estertor de la ancianidad. Los médicos debemos tener respeto por los seres más débiles, y tanto mayor será esta compasión cuanto más frágiles sean: así, por los indefensos embriones.

No es éste el lugar adecuado para abundar desde el punto de vista filosófico o científico sobre la cuestión del inicio de la vida del nuevo sujeto y de su evaluación constitutiva como persona, pero valgan, por imprescindibles, unas nociones mínimas al respecto. La Ciencia actual afirma que el ciclo vital de un ser humano se inicia a partir de una célula única, el cigoto, formado por la fusión de los gametos masculino y femenino y provisto de una dotación genética completa que programa la evolución del nuevo ser y que exige, en consecuencia, su protección permanente pues conducirá de modo inexorable hasta el cuerpo joven y adulto.

A ciertos autores esta determinación genética del inicio de la vida les parece un injusto reduccionismo, y admiten que además de lo cromosómico existe en lo embrionario una información añadida extragenética, una mediación de factores ambientales, de espacio y tiempo, que engloba el desarrollo. Pero reconocen, a la vez, que a los 10-14 días ya existe una suficiencia constitucional, y que a las 8 semanas la formación del no nacido es perfectamente reconocible en su aspecto morfológico, cuando el embrión se denomina ya feto, con una especificidad de persona humana, de individuo único. Se habla entonces de una realidad biológica bien constituida, de una individualidad funcional, aunque no haya actualizado todavía todas sus potencialidades. Aún siendo esto tan evidente, la nueva Ley aprobada permite a las mujeres y, en concreto, a las adolescentes inesperadamente embarazadas, el derecho, sí, el derecho, a interrumpir de manera libre su gestación hasta la 14 semana, cuando el corazón del feto comienza a ser ya perceptible.

Hay más: a los muñidores de esta funesta Ley -proabortistas elegidos ad hoc- les parece corta tal permisividad y disponen que la decisión materna puede prolongarse hasta la 22 semana de embarazo, para lo cual bastará recurrir a un nimio motivo para abortar: las náuseas, un vómito o una amenaza laboral. Invocan tales legisladores, como argumento de autoridad, la definición de la salud, propuesta por la OMS: bienestar físico, psíquico y social de las personas, definición que tergiversan a favor de la salud reproductiva y rupturista de la gestante (No olvidemos que el famoso genetista francés Lejeune, lo dejó claro: “la OMS, un organismo para la salud, se ha convertido en una máquina para la muerte”).

Sin querer abundar en los excesos de esta citada Ley, mencionemos, al menos, alguna de sus aparentes irregularidades: así puede estimarse el prohibir la objeción de conciencia a la hora de aplicarla por parte de los médicos, olvidándose de los códigos deontológicos a los que éstos se deben. Así, la propuesta obligatoria de verificar los estudiantes en las Facultades de Medicina, el ejercicio práctico de las técnicas quirúrgicas del aborto inducido.

Y para concluir, unas palabras sobre las referencias legislativas a la salud sexual y reproductiva en las escuelas: aparte de la justificación de las prácticas abortivas (aún como método anticonceptivo), la promoción en jóvenes y niños de una conducta sexual libérrima, promiscua y desenfadada, que favorece las desviaciones irregulares y, es muy probable, las enfermedades venéreas. Ante tal desvarío, mostramos nuestra crítica a tal propuesta de educación más próxima a una dimensión materialista de la sexualidad que a la propia de una persona afectiva, inteligente y responsable.

¿A qué grado de insensatez vamos a llegar con esta serie de normas del ideario socialista sobre el comportamiento sexual?; ¿qué hacer con tan grave relativismo moral propuesto y alentado por el Gobierno? Piensen ustedes a dónde nos llevará esta mentalidad utilitarista, libertaria, morbosa, ajena a cualquier valoración ética, si el Tribunal Constitucional no lo remedia... Tribunal que debiera tener en cuenta la disociación entre las gentes que rechazan este tipo de aborto libre -el 54% de los hoy encuestados- y la débil mayoría parlamentaria, subvencionada, que vota a su favor. Esta Ley es ahora legal, pero, sin duda, no deja de ser injusta y, nos tememos, que hará incrementar de modo exponencial, en los próximos años, el número de abortos registrados en nuestro país.
Fuertes Bello, Antonio
Fuertes Bello, Antonio


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