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Una propuesta injusta

martes, 21 de septiembre de 2010
Artículo publicado en mayo de 2009, en respuesta al artículo de un magistrado gallego favorable a que las “mujeres decidan”. A propósito del Anteproyecto de Ley de la Interrupción voluntaria del Embarazo, Salud Sexual y Reproductiva.

Parte el autor de que el nasciturus no es titular de derecho a la vida, que lo es, según el Código Civil, sólo cuando nace. Parece una pirueta circense añadir que eso no supone que la vida humana en formación no sea un bien jurídico protegido por la Constitución y que no goce de la protección efectiva del Estado. Así es: la sentencia del Tribunal Constitucional de 1985, todavía en vigor, afirma que la desprotección absoluta del no nacido (digamos, el aborto procurado) es incompatible con el derecho a la vida recogida en la Constitución, y cuando sigue, y el magistrado silencia: los derechos de la mujer no pueden tener primacía absoluta sobre la vida del que va a nacer.

Sorprende, por ello, que el letrado al referirse a una posible colisión de derechos de madre y embrión mencione principios de igual o superior rango que priorizan la voluntad de la gestante: la conservación de su vida, que es obvio, pero también aparentes abstracciones (subjetivas y definibles a voluntad) cual la dignidad de la persona, el libre desarrollo de la personalidad o la alteración de su intimidad, y que las sobrevalore frente a la vida de otro ser, incipiente pero con una identidad biológica, humana y específica, que viene dada en esencia por su dotación genética -heredada de los padres- y se corresponde ya, en su conformación embrionaria, con una biografía en marcha: una certidumbre vital puesta en camino. Es más, en virtud de ese supuesto rango superior de tales principios o valores de la grávida, parece concordar el magistrado con la iniciativa legislativa del Ejecutivo: puede ser lícito sacrificar la vida del feto según las circunstancias, inmolar al no nacido.

Por mucho que se apoye en legislaturas extranjeras -por cierto, menos permisivas- hasta qué punto la mujer puede decidir por si sola sobre la pervivencia de un ente concebido cuyo 50% genético pertenece a otra persona, al padre, al que se deja sin derechos sobre el fruto que va a nacer, y ni siquiera se le permite opinar sobre un ser del que la mujer es formadora, acogedora, indispensable, pero no absolutamente dueña. Es significativo, asimismo, que no se exija un acta de consentimiento informado de la adolescente ni de la familia: informes que debieran ser preceptivos antes de la intervención del cirujano. (El señor Rodríguez Zapatero, malévolo presidente, lo justifica por evitar “determinantes interferencias” paternas). Que ocurrirá si en el curso del aborto se producen complicaciones anestésicas o quirúrgicas, y la chica debe permanecer varios días en el hospital, o sufre una grave depresión, ¿se ocupará de ella el papá Estado?).

Yendo más allá, y esto ya exigiría otro debate, ¿hasta qué punto el hombre o la mujer son dueños absolutos de su propio cuerpo? Si, por acaso, usted ve a una persona en inminente actitud de suicidarse ¿debe evitarlo, o le permite prevalecer su derecho a lo privado, a su intimidad, a su mortal decisión?...

Tampoco se puede estar de acuerdo con el jurista cuando finaliza su artículo -acorde con la propuesta del Gobierno- diciendo que la resolución no podía ser otra. No es así: no se trata de llevar a ninguna mujer a la cárcel, lo que no ha ocurrido en los últimos 50 años ni de acusarla de un delito, ni de “criminalizarla”, sino, antes bien, de proteger al nuevo ser, diminuto pero humano, de proteger su maternidad. En preventivo ordenamiento, de alentar la responsabilidad de las relaciones sexuales entre los jóvenes, de evitar un sexismo promiscuo y desalentador, en una palabra, de procurar una previsora educación sexual y reproductiva ya desde niño, y de no caer en tópicos pseudocientíficos, como decía Bergamín: “de matar la niñez, precipitando su madurez en corrupción anticipada”.

Evitemos la justificación del daño psíquico o social, subterfugio sanitario la mayoría de las veces ante un embarazo inesperado (remediable social y familiarmente), así como el minusvalorar la interrupción del mismo que propicia su repetición. Insistamos en que las autoridades sanitarias adviertan, a la vez, de los trastornos ginecológicos del post-aborto, de posibles alteraciones neuropsíquicas: desde las depresiones y la amargura del duelo hasta la reiteración de los suicidios en estas jóvenes (como está ocurriendo en Andalucía y en otras Comunidades Autónomas).

Este aborto libre, que propone el señor Presidente como muy progresista -falaz y triste progresismo- parece, o pretende ser, un recurso anticonceptivo más, como reconoce la misma Ministra de Sanidad, señora Jiménez, y confirma la portavoz socialista, Leire Pajín: “La ley del aborto permitirá disfrutar la sexualidad de forma segura”.

¿Sigue creyendo, el señor magistrado, PM, que esta propuesta legislativa carece de una alternativa realista y solidaria, y que no es, en buena parte, injusta? Atentamente…
Fuertes Bello, Antonio
Fuertes Bello, Antonio


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