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¿Es posible un divorcio de mutuo acuerdo?

sábado, 18 de noviembre de 2017
Aunque en el momento en el que una pareja se da el 'sí, quiero' todo es felicidad y lo que se planea es una vida en común de cara al futuro, esto no siempre resulta como uno imagina. En ocasiones, los matrimonios acaban por disolverse y para llevar a término esa separación de manera legal es necesario que se lleve a cabo un divorcio a través de un proceso judicial. Esto es lo que se viene a denominar como disolución del vínculo matrimonial.
¿Es posible un divorcio de mutuo acuerdo?
Cuando ambas partes están de acuerdo en dar este paso, todo el trámite es más sencillo y podemos decir que tiene lugar un divorcio de mutuo acuerdo. Por lo tanto, sí. Si que es posible un divorcio con estas características pero, igualmente, se requiere de un abogado y de documentación. Como siempre se tratará de un tema delicado, lo mejor es buscar a estos profesionales en las cercanías. Así, si se vive en Galicia, se pueden buscar abogados de divorcio en Coruña, por ejemplo. Pero ¿qué más hace falta?

1. Un plazo mínimo. Como ya adelantábamos es posible un divorcio de mutuo acuerdo, tal y como se recoge en el artículo 777 de la Ley de enjuiciamiento Civil. Eso sí, para poder aplicarlo es necesario que el matrimonio se celebrara, como mínimo, tres meses antes.

2. El abogado. Es este profesional el que se encargará de redactar la demanda de divorcio en sí, con todos los puntos que se hayan acordado y cumpliendo con la ley vigente. Este abogado puede llevar a cabo todo este papeleo con la pareja o por separado, como prefieran los clientes. De hecho, con que una de ella de potestad al otro, puede valer para todo el proceso.

3. Documentación requerida. A la demanda habrá que sumar un convenio regulador de divorcio (firmado por ambos en todas las páginas); el certificado de matrimonio y el registro de nacimiento de los hijos, de haberlos.

4. A los juzgados. Este paso sirve para ratificar que todo lo anterior se cumple y es verídico. Es fundamental que ambas partes aparezcan representadas en los documentos que se van a tratar de validar en los juzgados porque, de no ser así, el proceso no puede continuar hacia adelante y, por tanto, no tiene lugar el divorcio. Si ambas han firmado, no hay problema y es el Ministerio Fiscal el que comprueba que todo está como debe.

5. A la espera de sentencia. Si no hay ningún tipo de pormenor y todo se ha llevado a cabo como procede, los involucrados tan sólo tienen que quedar a la espera de recibir la sentencia. En ella se les ratifica que, efectivamente, se ha disuelto el vínculo de matrimonio que tenían entre sí. Por supuesto, también se devuelve toda la documentación que haya sido requerida durante el proceso. Si, por el motivo que fuera, la sentencia no termina de ser aprobada siempre hay un plazo de 10 días para presentar un nuevo convenio.

Como se puede comprobar, no es un trámite especialmente complejo pero sí que se requiere de unos abogados que se hagan cargo. Gracias a Internet se pueden encontrar multitud de ellos y hacer la elección más apropiada en tan sólo unos minutos.
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Las opiniones expresadas en este documento son de exclusiva responsabilidad de los autores y no reflejan, necesariamente, los puntos de vista de la empresa editora


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